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Personal de la dirección de Higiene Urbana y Medio
ambiente, dependiente de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos del Municipio
capitalino, iniciaron en la fecha campaña de control de cumplimientos de distintas
ordenanzas en vigencia, intensificándose los días viernes, sábado y domingo a través
del departamento de Inspecciones.
En consecuencia, se solicita a la comunidad en general a tener en cuenta las siguientes
ordenanzas, a fin de evitar multas y clausuras de locales en caso de comerciantes.
Ordenanza Nº ·639/02. Establece la obligatoriedad para la realización de servicios de
desinfección, desratización, desinsectación y otro servicio que implique el control de
plagas en el marco del saneamiento ambiental de los edificios, viviendas, locales y
vehículos, tantos públicos como privados.
Ordenanza 3931/04: Art. 1 . Declárese en Alerta Sanitaria Todo el ámbito de la
Municipalidad de San Salvador de Jujuy, ante la aparición en la provincia de probables
casos de enfermedades infectocontagiosas provocadas por insectos y roedores. Art. 2: El
Departamento Ejecutivo a través del Organismo competente efectuará una estricta campaña
de desmalezamiento, desratización, desinsectación y desinfección en terrenos baldíos,
frentes de viviendas particulares, dependencias oficiales y escuelas en todo el ámbito
municipal, que sean considerados como posibles focos de desarrollo de agentes
transmisores. Art. 3. En aquellos terrenos baldíos de propiedad privada, el Departamento
Ejecutivo intimará a los propietarios a realizar las Tareas enunciadas en un término no
mayor de setenta y dos horas a partir de su notificación, aplicándose en caso contrario
se aplicará una multa de cincuenta pesos.
Fuente: Diario El Independiente, Jujuy
2/12/2004
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